Para establecer relaciones comerciales justas y libres

Mantenemos relaciones justas y transparentes con nuestros socios comerciales, participando en prácticas de transacciones justas de acuerdo con las leyes y regulaciones aplicables, como una ley antimonopolio. No participamos en connivencia, cárteles o actividades similares con otras empresas de nuestra industria que impidan ilegalmente la libre competencia, o cualquier otra actividad que pueda dar lugar a tales preocupaciones.



No utilizamos la información obtenida de otras empresas o de terceros en el curso del negocio para ningún otro propósito que no sea el especificado y acordado. Manejamos dicha información con el mismo grado de cuidado que se aplica a nuestra propia información confidencial, manteniendo un estricto control de la misma. Además, no buscamos obtener o acceder a información confidencial de otras empresas o terceros por medios o métodos inadecuados.



Buscamos mantener la equidad en todo momento en nuestras actividades de compra, buscando ganar un mayor nivel de confianza de nuestros proveedores y proveedores de servicios mientras maximizamos los intereses del Grupo Pioneer. Realizamos transacciones de buena fe de acuerdo con todas las leyes y acuerdos aplicables, basados ​​en el principio de juego limpio.

1.       Hacemos selecciones sobre la base de un juicio razonable, no de intereses personales.

2.       No recibiremos beneficios o favores personales en relación con nuestras obligaciones laborales.

Además, insistimos en que nuestros proveedores y prestadores de servicios actúen de manera ética y socialmente responsable, observando todas las leyes y regulaciones aplicables en las regiones y países en los que operan, y cumpliendo con los acuerdos internacionales aplicables y los acuerdos escritos.



En todo momento, participamos en actividades de ventas de manera equitativa, esforzándonos por ganar un mayor nivel de confianza de nuestros compradores de empresa a empresa, al tiempo que promovemos los intereses del Grupo Pioneer. Realizamos transacciones de buena fe y de acuerdo con las leyes y acuerdos aplicables, basados ​​en el principio de juego limpio. No discriminamos injustamente entre compradores ni participamos en otras prácticas indebidas, como prácticas de exclusión o restricciones comerciales injustas.Además, insistimos en que nuestros concesionarios y distribuidores actúen de manera ética y socialmente responsable observando todas las leyes y regulaciones aplicables en las regiones y países en los que operan.



Nos esforzamos por actuar de manera responsable y de buena fe y por comunicarnos de manera fluida y adecuada con nuestras agencias gubernamentales y grupos industriales relacionados, incluida la industria de negocios de contenido, con el objetivo de promover el avance de la sociedad en su conjunto.



1.       Para mantener relaciones sólidas con nuestros socios comerciales, incluidos los proveedores y los proveedores de servicios, no aceptamos obsequios o invitaciones de nuestros socios (o sus representantes) que violen la política de la empresa, y nos esforzamos por darles a conocer esta política. En los casos en los que no sea posible rechazar dichos obsequios o entretenimiento, recibimos el consentimiento previo de nuestros oficiales superiores o informamos sobre dicho recibo a nuestro superior a partir de entonces. (La política de la empresa no prohíbe las comidas para reuniones de negocios u ocasiones ceremoniales dentro del alcance de la práctica social normal).

2.       No buscamos sobornar o ganar el favor de funcionarios de oficinas gubernamentales y municipales, o corporaciones públicas, ni ofrecemos obsequios o entretenimiento que puedan dar la apariencia de buscar beneficios o favores especiales de dichos funcionarios.

3.       Al realizar transacciones internacionales, no realizamos actos indebidos como el otorgamiento de beneficios o favores para obtener un trato preferencial inadecuado por parte de funcionarios extranjeros (incluidos gobiernos centrales y locales, instituciones o corporaciones públicas u organizaciones internacionales públicas).

4.       Insistimos en que los socios comerciales, incluidos los concesionarios, distribuidores, proveedores y prestadores de servicios, cumplan con todas las leyes anticorrupción aplicables de los países en los que operan las empresas del Grupo Pioneer.